Rafael Murillo | 24 de septiembre de 2017
El pasado 15 de septiembre, se reunió el Pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Estas reuniones suelen ser periódicas y tratan asuntos relativos a la actuación de los órganos jurisdiccionales y del propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El hecho por el cual estuvo en esta reunión del Pleno de la Sala de Gobierno del TSJC el presidente de CGPJ era el de manifestar su apoyo a los jueces y magistrados destinados en Cataluña por parte del órgano de gobierno del Poder Judicial y corrobora la decisión del Pleno de la Sala de Gobierno del TSJC, al poner de manifiesto la voluntad de “garantizar a todos los jueces, juezas y magistrados y magistradas de Cataluña que puedan actuar de forma responsable y con sometimiento pleno y exclusivo a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico de su desarrollo”, defendiendo la independencia de los jueces y tribunales en el ejercicio de su función jurisdiccional.
Ello ha estado motivado por la aprobación del Parlamento de Cataluña de las leyes 19/2017, de 6 de septiembre, del referéndum de autodeterminación, y la 20/2017, de 8 de septiembre, de Transitoriedad jurídica y fundacional de la República, ambas suspendidas por el Tribunal Constitucional mediante providencias del 7 de septiembre y 9 de septiembre, en cumplimiento de los artículos 161.2 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Gritos de "independencia" e insultos a la Guardia Civil, a la prensa y a los jueces ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña pic.twitter.com/TVj3rnuoIc
— Antena3Noticias (@A3Noticias) September 21, 2017
No olvidemos que el TSJC es el encargado de instruir y de juzgar a aquellos miembros de instituciones políticas, como el Parlamento catalán, y a los miembros del Gobierno de la Generalidad, en cuanto a asuntos penales, ya que están aforados ante este órgano jurisdiccional.
Este órgano de gobierno del TSJC, en su acuerdo, indica textualmente que “ante la voluntad manifestada por los responsables políticos de llevar a cabo una jornada de votación el próximo 1 de octubre, en abierta confrontación con las expresadas resoluciones del TC”. La finalidad es, según sus facultades y prerrogativas, ponerse a disposición de todos los órganos judiciales para que la efectividad de las decisiones judiciales que deban adoptarse el 1 de octubre, ante ciertas eventualidades, no quede comprometida y asegurar un normal funcionamiento de los mismos.
Para tal finalidad y, dentro de la Sala de Gobierno del TSJC, se creará el 1 de octubre y, desde la presidencia de las cuatro Audiencias Provinciales, un grupo de seguimiento de la jornada, con el fin de dar respuesta y articular las soluciones a las que no puedan llegar los juzgados de guardia por sus propios medios.
La regulación normativa de los Tribunales Superiores de Justicia (uno por cada comunidad autónoma) tiene su origen en la ordenación constitucional de los órganos de las comunidades autónomas (artículo 152. 1 de la CE) pero no dependen de ellas, ya que son órganos del Estado y de la planta prevista en el artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Están integrados por tres Salas de Justicia: Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso Administrativo y Sala de lo Social.
Dentro de los TSJ, hay una Sala de Gobierno cuya misión, como hemos indicado, es el gobierno interno de los juzgados y tribunales de la comunidad autónoma. Tiene amplias competencias y, entre ellas, cabe incluir la de crear órganos de seguimiento y apoyo, en casos excepcionales, como el que aquí ocurre, en el supuesto de que se intente llevar a cabo el referéndum secesionista en Cataluña y suspendido por el Tribunal Constitucional, dado que al ser día no laborable solo están los juzgados de guardia en activo.
Es una solución -la podemos considerar útil- que pone de manifiesto “la unidad jurisdiccional” y el auxilio entre los diferentes órganos judiciales. En el supuesto de que no puedan dar respuesta o soluciones por sus propios medios ante esta situación, tienen una vía de comunicación rápida y eficaz que garantiza el mantenimiento del Estado de derecho y la aplicación de la legalidad vigente y de las resoluciones de Tribunal Constitucional.