Manuel Martínez Sospedra | 23 de octubre de 2017
En la entrevista que el programa Salvados le hizo al señor Puigdemont hay un momento que merece la atención, porque nos da una clave muy importante sobre la crisis catalana y el totalitarismo latente. A la pregunta del periodista, que le plantea por qué no se ajustaron a lo que prevé el estatuto de autonomía de Cataluña para su propia reforma, el molt honorable contesta con claridad: porque entonces no podríamos hacer lo que queremos hacer. La sentencia del Constitucional sobre la ley de referéndum no es sino una larga serie de variaciones sobre esa cuestión nodal.
Todo el recorrido del procés durante los tres últimos meses se entiende sin dificultad a la luz de la citada manifestación del president de la Generalitat: no podemos declarar la independencia de Cataluña siguiendo los cauces previstos por el ordenamiento constitucional, por lo tanto, desconocemos esas vías y, con ello, nos saltamos la Constitución. Totalitarismo. No podemos lograr nuestro objetivo respetando las reglas del estatuto, por lo tanto, nos saltamos el estatuto. Que tanto el Govern como el Parlament traigan causa de la Constitución y del estatuto y que, desconociendo ambos, se sieguen a sí mismos la hierba bajo los pies constituye un coste asumible: nuestra voluntad ante todo. Nuestra voluntad, porque la constituyente del pueblo de Cataluña es la que se plasma en el texto constitucional plebiscitado en 1978 y en el estatuto, que lo fue en 2006. Puede sostenerse que las cosas han cambiado y que, a la fecha, esa voluntad es otra, pero, si es así, la vía a seguir es sencilla: dado que los textos que en el caso forman el bloque de la constitucionalidad permiten su revisión total, su sustitución por otros textos distintos, síganse los procedimientos correspondientes (ambos al alcance de la mayoría del Parlament). Pero entonces no podemos hacer lo que queremos hacer, porque no podemos cumplir las exigencias: no tenemos los votos. Como no podemos hacer lo que queremos hacer conforme a Derecho, nos saltamos el Derecho. El resultado: la ley catalana del referéndum. No anda desencaminado el Tribunal cuando señala que, más allá de las inconstitucionalidades puntuales, incluso más allá de su incompatibilidad con los principios constitucionales principales (unidad, soberanía popular, supremacía, etc.) late en la norma que se enjuicia una voluntad de alcanzar un poder irrestricto, absoluto, exento de limitación legal, sin otra base que la invocación de una voluntad popular, asimismo manifestada al margen de las leyes. La incompatibilidad con el Estado de derecho es medular, radical y la afinidad con los planteamientos de Podemos resulta clara. A la postre, populismos.
Antonio Banderas, Premio Nacional de Cine.
— El Debate de Hoy (@eldebatedehoy) July 11, 2017
Así trata el populismo su proyecto cultural en Málaga. https://t.co/MhWVjnDz0v
Cómo el fin que se persigue legitima los medios que se usen, sean estos conformes o disconformes con el Derecho, y cómo se pretende que el procés entrañe la manifestación unitaria de un pueblo catalán asimismo unidos (¡Som un sol poble! ).
Los catalanes que matizan o divergen no tienen espacio, al ser su mera existencia obstativa de la procura del fin que se persigue. Si eso es así, se entiende sin dificultad que la adopción de la ley que el Tribunal enjuicia se haya realizado con infracción de los procedimientos parlamentarios y en condiciones tales que nos hallamos ante una ley aprobada al margen de cualquier procedimiento legislativo, sin respetar los derechos de las minorías y sin la posibilidad de que se diera un debate auténtico en el seno del Parlament. La cuestión es muy seria, no solo porque se hayan laminado el debate, el derecho fundamental de participación de los diputados de la oposición, y, mediante esta, de los electores que los han votado, que también. Lo es porque esas lesiones de derechos son consecuencia de un planteamiento político que entraña la negación de uno de los valores superiores de la democracia y la Constitución: el pluralismo. En este punto no se trata de ganar, en este punto sí se tienen los votos. En este punto se trata de otra cosa: de expulsar de la comunidad política que se pretende alcanzar a todos aquellos que no comulguen con el procés. No es que los disidentes sean malos catalanes, es que no lo son. Resuenan en el fondo los ecos de la voz de un político italiano: tenemos una “feroce volontá totalitaria”. Totalitarismo.
"No se habla mucho de segunda Transición, solo de reformas de la #Constitución". Por J.Rocha, ex CNI #referendum #dbhttps://t.co/djFmGSpgGo
— El Debate de Hoy (@eldebatedehoy) October 1, 2017
Vistas así las cosas, se entiende bien que el Tribunal dedique un amplio espacio a considerar la ilegitimidad de la ley recurrida por vicios de procedimiento. Podría pensarse que, una vez establecida la incompatibilidad de la ley recurrida con los principios constitucionales, con las normas de la ley fundamental y con el estatuto ulteriores, consideraciones sobran. El Constitucional no obra así, porque entiende, a mi juicio con toda la razón, que siendo el pluralismo el alma misma de la democracia y exigiendo la protección de ese pluralismo normas y derechos específicos, tanto en la sociedad civil como en las instituciones públicas, la infracción de esas normas y la violación de esos derechos hiere el corazón mismo del Estado democrático de derecho.
"La finalidad que se persigue no es derrotar al #proces. Es que el #proces haga el ridículo." https://t.co/VIIqgQ9CJV #db #cataluña
— El Debate de Hoy (@eldebatedehoy) July 28, 2017
En el fondo, la sentencia constitucional reposa sobre dos principios esenciales: primero, lo que sea España debe ser decidido por todos los españoles, y no solo por una parte de ellos; segundo, el obrar conforme a Derecho es esencial para la existencia de la libertad, fuera del gobierno del Derecho no existe, y no puede existir, otra cosa que el poder sin límites de los gobernantes, esto es, la tiranía. No puedo estar más de acuerdo. Y, si se me permite un comentario malvado, el caso pone de relieve lo importante que sigue siendo formar a los estudiantes con la lectura de los clásicos (“hemos escogido ser esclavos de la ley, para ser libres”) y lo relevante que es para la formación de juristas conocer la propia tradición jurídica (“lo que a todos afecta entre todos debe ser decidido“). ¡Para que luego haya tontos que digan que estudiar Derecho Canónico en las facultades de Derecho no sirve para nada!.
totalitarismo