Esther Carrera | 29 de mayo de 2018
Durante miles de años, el hombre se ha valido de la genética para mejorar las especies animales y vegetales seleccionando la hibridación y mutación espontánea mediante cruces dirigidos. Por otro lado, el gran avance tecnológico de las últimas décadas está provocando un cambio integral en nuestra sociedad, viéndose afectados la cadena alimentaria y los métodos de obtención de alimentos. Desde este punto de vista, la ingeniería genética como herramienta biotecnológica permite modificar el material genético de un organismo vivo insertando un gen procedente de otra especie y así conseguir un organismo modificado genéticamente (OMG), con el fin de lograr una ventaja en su obtención (resistencia a plagas, herbicidas, etc.) o un beneficio en su composición (nutricional, durabilidad, etc.). Los alimentos modificados genéticamente (AMG) o alimentos transgénicos son aquellos que contienen o se obtienen a partir de un organismo modificado genéticamente (OMG).
Sin embargo, el uso de la biotecnología para la obtención de AMG no está exento de debate y controversia. En este sentido, tanto el cultivo como la comercialización de OMG requieren la autorización previa por parte de las autoridades sanitarias europeas, autorización basada en una evaluación de su inocuidad tanto para la salud humana y animal como para el medio ambiente. En consecuencia, Europa cuenta con procedimientos para autorizar la comercialización de alimentos modificados genéticamente basados en el principio de equivalencia sustancial, cuyo objetivo es evaluar si el nuevo alimento (transgénico) presenta peligros adicionales o, por el contrario, es tan seguro como el alimento homólogo convencional. Estos protocolos de evaluación de inocuidad incluyen estudios de toxicidad, digestibilidad, alergenicidad, estabilidad del gen insertado y composición nutricional. De esta manera, se evalúa la inocuidad de los OMG aplicando un enfoque comparativo, comparando el alimento modificado con su homólogo convencional.
Tras la autorización, los AMG son considerados alimentos especiales (“nuevos alimentos”) en el contexto de la legislación alimentaria europea. De esta manera, se da respuesta a la necesidad y obligatoriedad de un marco legal europeo que garantice la inocuidad de los alimentos que se comercializan en la Unión. Por consiguiente, todos los alimentos, incluidos los alimentos modificados genéticamente, cuya comercialización se inicia en la Unión Europea son sometidos a evaluaciones que garantizan que su consumo es seguro. Si bien y a modo aclaratorio, merece la pena recordar que en seguridad alimentaria el riesgo “cero” no existe, realidad que recoge el enfoque comparativo utilizado en la evaluación de estos alimentos, al aceptar como inocuo un alimento transgénico que muestre evidencias objetivas de tener los mismos riesgos que su homólogo convencional.
La bendición de los transgénicos . El ciudadano debe confiar y no hacer caso a los agoreros
Una vez conocido el mecanismo para la puesta en el mercado de alimentos transgénicos en Europa, otra cuestión que preocupa a los consumidores es cómo reconocer estos alimentos en el mercado. En este sentido, la legislación europea (Reglamento 1830/2003) obliga a informar al consumidor por medio de la etiqueta, utilizando una leyenda que se refiera al ingrediente en cuestión como “modificado genéticamente”. El etiquetado de los alimentos transgénicos ampara al consumidor en su derecho a estar informado y a elegir libremente, si bien la declaración de “alimentos no modificados genéticamente” es una práctica que contribuye a fomentar el miedo y los prejuicios de los consumidores, por lo que la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) recomienda no etiquetar los alimentos con menciones del tipo “libre de OMG”, “no transgénico”, “sin OMG”, etc.
Por último, y a efectos prácticos, a fecha de hoy son sesenta y siete los organismos modificados genéticamente autorizados en la UE para la alimentación humana y animal, todos ellos variedades del maíz, algodón, soja, colza y remolacha azucarera. A su vez, todos estos OMG autorizados presentan modificaciones genéticas relacionadas con resistencias a herbicidas y/o plagas, sin que haya hasta la fecha un AMG autorizado en Europa que muestre propiedades nutricionales mejoradas, lo que implicaría un seguimiento nutricional por parte de las autoridades sanitarias de posibles efectos no esperados en la salud de los consumidores, si bien no es descartable que en el futuro se autoricen transgénicos que muestren mejoras en su composición nutricional.
Certificación en calidad y seguridad alimentaria . Una garantía para el consumidor
Es un hecho que la aceptación o rechazo de una tecnología (biotecnología) por parte de la sociedad puede determinar su éxito o su fracaso. El miedo y la desconfianza de los consumidores ante los organismos modificados genéticamente, motivados en parte por las crisis alimentarias acontecidas en Europa en las últimas décadas y la desconfianza que estas han provocado en las instituciones y autoridades europeas, explica en parte la política europea actual en relación a este tema. Sin embargo, países como Estados Unidos, en donde también basan la evaluación de la inocuidad de los transgénicos en el principio de equivalencia sustancial, no consideran a estos alimentos como “especiales” y consideran que su etiquetado puede resultar engañoso y confuso para el consumidor si se asumen los mismos riesgos que presentan sus alimentos homólogos. En definitiva, distintas posturas ante una misma realidad: el uso de la biotecnología al servicio de la humanidad.