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Economía

La cláusula suelo alarga la crisis en el sector bancario

Stefanie C. Müller | 30 de enero de 2017

Economía

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Mientras muchas entidades de crédito han hecho un esfuerzo exitoso en diversificar riesgos en los últimos 10 años, hay todavía pecados del pasado que tienen que pagarse, uno es la cláusula suelo.

En un momento en el que la imagen de la Unión Europea está dañada en muchos países, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con la cláusula suelo ha demostrado que Bruselas no está tan lejos de la realidad de la gente como algunos pueden creer. La sentencia, que se ha producido antes de Navidad y que confirma una sentencia nacional del Tribunal Supremo español del 2013, ha devuelto al pueblo un poco de alegría sobre el poder de Europa.

El impacto en el sector es grave

Para los bancos españoles sin embargo es una muy mala noticia: La sentencia confirma que la cláusula suelo en los contratos hipotecarios, en la mayoría de los casos, no se ha comunicado con transparencia al cliente y por ello es abusiva y no tiene validez. En consecuencia, el TJUE ha decidido que tiene que ser borrada de todos los contratos hipotecarios en vigor. Además, las entidades tienen que devolver lo que han cobrado desde el inicio del contrato.

El sector bancario en España operaba antes de la crisis con tipos de interés variables. Pero ahora, en fase de tipos de interés bajos, la mentalidad ha cambiado y se tiende por firmar contratos a tipo fijo

Para los bancos esto supone más provisiones de cara a cubrir futuros riesgos y les exige gastar más dinero en marketing y atención al cliente por el daño a su imagen, que causarán las miles y miles de reclamaciones legales en los próximos meses.

El uso de las cláusulas suelo en España comenzó en el año 2009, cuando el Euribor cayó casi al 3%. Desde entonces la tendencia del tipo de interés europeo ha sido bajista hasta llegar a un nivel de 0%. Poner un suelo era comprensible desde el punto de vista de los bancos que tenían que compensar sus riesgos en plena crisis inmobiliaria. Pero la sentencia de Luxemburgo afirmó que no se comunicó bien a los clientes la existencia de un interés mínimo en los contratos.

Indemnizaciones de hasta 7.000 millones de euros

Los afectados pueden, según estimaciones inoficiales del Banco de España confirmadas por despachos jurídicos como Rödl & Partner en Madrid, reclamar entre 4.000 y 7.000 millones de euros. Con una tasa de morosidad que de promedio roza el 10% las indemnizaciones son cargas importantes para muchas entidades. Todos los grandes del sector están afectados, salvo el Banco Santander que nunca tuvo estas cláusulas en sus contratos hipotecarios.

La sentencia sobre la cláusula suelo supone un mayor aprovisionamiento para los bancos, que necesitarán mejorar su imagen y cubrir las reclamaciones legales de los clientes

Muchas entidades de crédito ya han tomado medidas; entre ellas el BBVA que ha reconocido directamente su deber y ya estima una reducción de su beneficio de un 15% este año por la devolución de lo cobrado a unos 425.000 afectados. Una razón por la cual el BBVA ha anunciado una emisión de bonos por importe de 1.000 millones de euros a un coste mínimo de financiación, menos de un 1%. El Banco Popular, ya muy afectado por la crisis, calcula un importe de 334 millones de euros en sus provisiones para indemnizar a 200.000 afectados.

Cambio cultural al tipo fijo

El sector bancario en España operaba antes de la crisis sobre todo con tipos de interés variables, lo que era un factor importante también para facilitar el crecimiento del mercado inmobiliario. Pero ahora, en fase de tipos de interés bajos, la mentalidad de los consumidores ha cambiado y la necesidad de planificar mejor los riesgos de las entidades ha aumentado el deseo de ambos partes por un contrato de crédito a tipo fijo. Claro es también que muchos tomadores de crédito no creen que la suerte de tipos de interés bajos vaya a mantenerse mucho tiempo más y prefieren asegurarse ahora un porcentaje favorable.

En el gráfico adjunto podemos observar las diferencias entre un contrato de préstamo a tipo fijo y otro variable entre 1989 y 2013. Se puede observar que solamente desde 2009 era favorable para el cliente firmar un contrato hipotecario con un tipo variable y sin suelo, mientras que antes de la crisis era más favorable tener un contrato de tipo fijo (3,89%) como es habitual en países como Alemania.

grafico clausula suelo

fuente: grupo fátima

Sentencia completa del TJUE


Pinche aquí para acceder a la sentencia completa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cláusulas suelo.
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