Vicente Navarro de Luján | 08 de noviembre de 2018
El Gobierno de Pedro Sánchez se plantea una nueva ley de educación marcada por la imposición ideológica. Entre sus objetivos, la asignatura de Religión y la limitación de la libertad de los padres por la reducción del peso de la escuela concertada.
Como viene siendo habitual, cuando se produce un cambio en la orientación política de nuestro Gobierno uno de los primeros objetivos es el de modificar el sistema educativo. Por ello, no es de extrañar que la ministra Isabel Celaá amenace con una nueva ley de educación, que sería la octava desde 1980. Inestabilidad legislativa que viene dañando profundamente nuestro sistema de enseñanza y que, en esta ocasión, por lo declarado y dicho por la citada ministra, se tratará de una reforma centrada en dos objetivos bien explícitos de naturaleza ideológica: disminuir la importancia de la enseñanza concertada en el conjunto del sistema educativo y aminorar la presencia de la Religión en el currículum docente.
Respecto de lo primero, en sus comparecencias públicas, entre ellas parlamentarias, Celaá ya nos avisó de que para ella la enseñanza de iniciativa social, sea concertada o privada, ha de tener un carácter subsidiario respecto de la de titularidad pública, subvirtiendo así, a mi juicio, el recto principio de subsidiariedad, que implica justo lo contrario, es decir, que los primeros agentes educativos han de ser la familia y los grupos sociales cercanos a ella, correspondiendo precisamente al Estado una acción subsidiaria a falta de estas iniciativas sociales, justo la antítesis de lo que la ministra afirma.
En el fondo, con la anunciada nueva ley de educación lo que se va a tratar sobre todo es de desvirtuar lo regulado en el artículo 109 de la LOMCE (2006), precepto que preveía a la hora de planificar el conjunto de la enseñanza la toma en consideración de la oferta de centros públicos y privados “y la demanda social” (sic), de modo que es, sobre todo, esta referencia a la demanda social lo que preocupa a los nuevos responsables políticos, sabedores de que la misma, respecto de los centros concertados, es creciente en nuestra sociedad, frente a lo cual la pretensión será la de diseñar un modelo prevalente de centros de titularidad pública e ir reduciendo la presencia de los centros de iniciativa social.
En relación con la cuestión de la enseñanza de la Religión, se plantea una estrategia que dejaría esta materia en una situación deplorable, porque se pretende que esta asignatura no sea evaluable y que, en el horario en el cual se imparta, los alumnos que no la escojan no tengan materia alternativa, lo cual nos hace sospechar que, ante la perspectiva de seguir en el aula o irse a la calle o a casa, no pocos alumnos pueden elegir lo segundo, dadas las edades en las que esta elección ha de practicarse. Un nuevo golpe más en la línea de un laicismo combativo, que ya lo estamos constatando con lo que ocurre ahora en tres de cada diez colegios públicos del País Vasco, donde no se imparte Religión, o lo que se ha puesto de manifiesto a día cinco de noviembre respecto de la Comunidad Valenciana, donde hay decenas de puestos de profesores de Religión en centros públicos cuyas plazas no están cubiertas por voluntad o desidia del Gobierno de la Generalitat Valenciana.
Entre otros acuerdos, nuestra Constitución se sustenta en dos grandes pactos que supusieron un gran avance en relación con pretéritos enfrentamientos. Me refiero a la redacción del artículo 16, que superó en materia religiosa y de libertad de creencias, pensamiento y conciencia muchos conflictos de nuestra historia pasada, y el otro gran pacto se contiene en la redacción del artículo 27 de nuestra Ley Fundamental, que consagra el derecho a la educación, a la libertad de enseñanza, la posibilidad de crear centros docentes por personas físicas y jurídicas, así como -¡disposición muy importante y a veces olvidada!- lo que previene el párrafo noveno de este artículo constitucional, cuando dice literalmente lo siguiente: “Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca”. Párrafo que, como se aprecia, no distingue entre centros de titularidad pública o de iniciativa social.
Es de desear que la anunciada nueva ley de educación no vulnere el espíritu y la letra de estas normas constitucionales y que no vuelva a suscitar en la sociedad española una tensión innecesaria y grave en el sector educativo.