Ramón Fuentes | 10 de abril de 2017
Desde principios de la presente temporada, asistimos a la posibilidad de emitir imágenes de los encuentros en los videomarcadores de los estadios de Primera División. Todo surge a raíz de la iniciativa emprendida desde el principio de la presente temporada de Liga de poner a disposición de todos los clubes la llamada “Señal del partido”. Se trata de la señal realizada del encuentro que se está emitiendo en ese momento en televisión y que permite a los clubes que actúan como local y que la soliciten emitir las jugadas más interesantes en los videomarcadores de sus estadios. Concretamente y, como recogía la circular enviada por la patronal a todos sus clubes, dentro de estas posibles imágenes estaban descartadas “aquellas imágenes que puedan tener impacto en el transcurso del juego, las que se consideren controvertidas o que puedan incitar a altercados de orden publico o aquellas que perjudiquen la imagen o dignidad de árbitros, jugadores u otro participante en el terreno de juego”. Además y, como bien recoge la propia circular, las repeticiones y otras imágenes que no sean de juego se mostrarán únicamente cuando el balón no está en juego.
Desde el principio, esta disposición de la patronal choca frontalmente con una circular emitida en noviembre del 2015 por la Federación Española de Fútbol, donde dice claramente que está totalmente prohibido “utilizar marcadores simultáneos, ya sean electrónicos o de cualquier otra naturaleza en los estadios, con la finalidad de transmitir simultáneamente las imágenes del partido, repetir determinadas jugadas derivadas del normal desarrollo del mismo o realizar cualquier proyección de otra índole”.
Esta situación llevó a la RFEF a estudiar con detalle esta peculiar situación de conflicto. Más que nada porque no hay jornada en la que los árbitros, lógicamente siguiendo las instrucciones de esta circular federativa, hacen constar e incluso prohíben la utilización de estas imágenes en los estadios. La última, sin ir más lejos, sucedió en el Nuevo Estadio de San Mamés. El colegiado valenciano Juan Martinez Munuera lo recoge de esta manera en su acta arbitral: “Otras incidencias: en el minuto 36 del partido nos percatamos de que se está emitiendo la repetición de una jugada del partido, comunicando esta circunstancia al delegado de campo para que cesara, no sucediendo en más ocasiones”.
Ya digo que este ejemplo de San Mamés es el último de una larga lista que le ha llevado a la RFEF ha tener que trabajar en una reglamentación para la próxima temporada. Normativa que pasaría por permitir su uso, adaptándolo a directrices que actualmente existen tanto en la FIFA como en la propia UEFA. Porque ambos organismos permiten su utilización en sus competiciones. La primera ya lo hizo en el pasado Mundial de Brasil 2014 y la segunda lo acepta tanto en sus competiciones de selecciones, como en la EURO del verano pasado en Francia, como en sus dos competiciones más importantes de clubes: la Liga de Campeones y la Liga Europa. Es más, está recogido específicamente en el artículo 34 de las Regulaciones de la UEFA de la Liga de Campeones para las temporadas 2015-2018.
Llegados a esta situación, lo único que está haciendo actualmente la RFEF es recoger estas incidencias incluidas por los árbitros en sus actas, pero sin emprender medida alguna contra los clubes que hacen uso de estas imágenes. Está actuando así porque ya trabaja en una normativa que permita su empleo normal a partir de la próxima temporada, siempre bajo los mismos principios de UEFA, en la queda claramente expuesto que no pueden nunca emitirse imágenes que puedan tener impacto en el transcurso del partido, las consideradas violentas o las que perjudiquen la imagen de cualquier de los participantes en el encuentro, tal y como exponía la circular enviada por la Liga a sus clubes a principio de temporada.