Ainhoa Uribe | 04 de marzo de 2019
La situación que se está viviendo en Venezuela estos días hace que debamos plantearnos si la comunidad internacional y el derecho internacional deben continuar impasibles ante los atropellos que el pueblo venezolano está sufriendo. Que los totalitarismos, de derecha o izquierda, siempre traen consigo mentiras, miseria, crimen y dictadura es una enseñanza que tenemos bien aprendida del siglo XX. Pero que asistamos a todo ello sin hacer nada no es tolerable en un mundo que intenta mantener en pie los consensos que alcanzamos después de la Segunda Guerra Mundial para intentar mantener un cierto orden mundial.
Uno de esos consensos fue precisamente que nunca más el mundo permanecería impasible ante el exterminio de seres humanos de forma masiva y organizada por razones raciales, religiosas o políticas. El último de los frutos de esta visión deseable de la trayectoria de la humanidad es el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional de 1998. Mediante este tratado Internacional, los países firmantes, bajo el auspicio de Naciones Unidas, sellan el compromiso de que los crímenes más graves no queden sin castigo.
Siguiendo la línea iniciada por los juicios de Núremberg, o sobre los más recientes sobre los crímenes en la guerra de Yugoslavia o de las masacres en Ruanda, es necesario plantearse el inicio de actuaciones penales contra el régimen de Nicolás Maduro, que lleva ya más de 150 manifestantes muertos por la represión de las protestas en la calle.
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A ello se une un episodio más sórdido todavía, que consiste en privar de lo más necesario para sobrevivir a los habitantes del país que no pertenecen a las clases protegidas por el régimen, condenando al hambre a millones de hombres, mujeres y niños. Estos crímenes no pueden quedar impunes. Y precisamente existe un instrumento jurídico que podría servir de herramienta para, primero, amenazar la impunidad del régimen chavista y frenar sus crímenes y, segundo, para perseguir a los culpables.
El Estatuto de Roma es la norma que puede ayudar a paliar la situación que se vive hoy en Venezuela. Establece una Corte Penal Internacional de carácter permanente, independiente y vinculada con el sistema de las Naciones Unidas, que tiene competencia sobre los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. Así, en su artículo 7 define cuáles son los crímenes que persigue esta Corte Penal, entre los que se incluye el delito de lesa humanidad, que es calificado como «exterminio». Este se define como: “La imposición intencional de condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o medicinas entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población”.
Es evidente que lo que en estos momentos está haciendo el régimen venezolano es precisamente eso: privar de lo más imprescindible para la supervivencia a todos los no cercanos al régimen e incluso impedir que la ayuda internacional llegue a sus destinatarios. Por mucho que ese régimen continúe en el poder de forma ilegítima por la fuerza y gracias al apoyo de sus aliados geopolíticos, es hora de que los autores de tanta barbarie paguen por sus crímenes, más teniendo en cuenta que Venezuela ratificó este tratado en el año 2000.
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La comunidad internacional y, en general, los colectivos de defensa de los derechos humanos no pueden permanecer impasibles ante esta situación si quieren mantener una cierta coherencia y credibilidad. No podemos denunciar o no el crimen según de donde venga y los delitos de lesa humanidad deben ser perseguidos vengan de donde vengan. El derecho de la fuerza no debe prevalecer sobre la fuerza del derecho y los culpables deben pagar por sus actos ante la Corte Penal Internacional. España tiene una responsabilidad especial al respecto; en caso contrario, la historia nos juzgará.