Fernando Lostao | 16 de marzo de 2018
Hace un año aproximadamente, el Ayuntamiento de Zaragoza, regido por Pedro Santiesteve, de Zaragoza en Común, con el apoyo del Partido Socialista (PSOE), al igual que sucede en otras grandes capitales españolas, inició una campaña mediática y demagógica para intentar que fueran declaradas de propiedad municipal ciertas iglesias zaragozanas, en concreto, la magnífica Catedral o Seo de San Salvador, que comparte plaza con la archiconocida Basílica de Santa María del Pilar, y las Iglesias de Santiago el Mayor, Santa María Magdalena y la de San Juan de los Panetes.
La Dirección General de Patrimonio del Estado concluye que no existe duda legal alguna sobre la titularidad dominical de cuatro templos de Zaragozahttps://t.co/h8494RoCkC
— Aragón Radio (@aragonradio) March 9, 2018
El ayuntamiento hacía un intento a la desesperada de reclamar la titularidad antes de que se cumplieran 30 años del acceso al registro de la propiedad de estos bienes inmuebles en 1987 y, además, contradiciéndose a sí mismo, decía que esa inscripción era ilegal porque el acceso a los registros de la propiedad de los templos de la Iglesia católica solo fue posible a partir de 1998.
Ya aclaramos suficientemente en un artículo anterior dos aspectos fundamentales de esta cuestión, apoyándonos para ello en la opinión de ilustres juristas aragoneses: la primera consiste en que el registro de la propiedad proporciona protección jurídica, pero no constituye derechos por sí mismo. Es decir, que la posible posesión pacífica e interrumpida como causa de adquisición de la propiedad de estas iglesias no arrancaba cuando accedieron al registro en 1987, sino muchos años antes; en su actual configuración, del XII es la Catedral de San Salvador; del XIV, la Iglesia de María Magdalena; del XVII, la Iglesia de Santiago el Mayor y del XVIII, la de San Juan de los Panetes. La segunda cuestión es el hecho de que la inscripción de los inmuebles se hubiere realizado antes de que fuera obligatoria por ley –1988 -; en nada convertía a esta inscripción en ilegal, ya que la misma era voluntaria antes de esa fecha. Es decir, por un lado, se considera por el alcalde y su equipo la inscripción como legal a los efectos de considerar no transcurridos los 30 años necesarios y, por otro lado, ilegal. Desgraciadamente, nos estamos acostumbrando últimamente a ver cómo se utilizan los argumentos en un sentido y otro, se moldean y transforman los razonamientos al servicio de los fines a los que se pretende llegar, más que por la razón y la ley, por el sentimentalismo e ideología; pura posverdad, vamos.
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El caso es que el Ayuntamiento de Zaragoza, mejor dicho, el grupo político que apoya al alcalde, hizo caso omiso a lo que el mínimo sentido común y la prudencia aconsejaban y “tiró para adelante” sabiendo que no se jugaban su propio dinero y que algún rédito político le podrían sacar al asunto. Y “tiró para adelante” intentando acudir a los tribunales civiles en reclamación de la titularidad de estos bienes. Esta acción civil ni siquiera ha llegado todavía a los tribunales civiles, dado que la resolución administrativa que teóricamente habilitaba al ayuntamiento a emprender esta acción está siendo fuertemente discutida en los tribunales administrativos, pues carece de elementos básicos, ya que no fue tomada ni por el pleno del ayuntamiento ni por una comisión delegada del mismo, y carece del informe jurídico preceptivo que debería apoyar una decisión como lo es la de demandar a la Diócesis de Zaragoza en reclamación de la titularidad de una serie de iglesias principales de la ciudad, una de ellas nada más y nada menos que catedral.
Y, de modo paralelo y mientras el ayuntamiento -o, mejor dicho, el grupo de Zaragoza en Común- se atasca en su pretensión de demandar a la Iglesia católica zaragozana, otra de las vías intentadas por el grupo municipal del alcalde también se ha cegado, dado que Patrimonio del Estado, en un expediente administrativo abierto a instancias del consistorio zaragozano, acaba de decir que la titularidad de los templos católicos reclamada por el alcalde de Zaragoza y su grupo pertenece a la Iglesia de Zaragoza, con la única excepción de la Iglesia de San Juan de los Panetes, que, según esta opinión de Patrimonio, pertenecería a la propia Administración central del Estado, quizás porque en su origen fue erigida por la Orden Militar de San Juan de Jerusalén.
Lo que no sabemos es si la cosa se parará aquí o, al igual que lo que puede suceder en Córdoba con la mezquita catedral, se volverá a la carga en breve pretendiendo revertir mediante argumentos falaces lo que la historia ha hecho; por ejemplo, que en 1118 el Rey aragonés Alfonso I el Batallador conquistó Zaragoza y convirtió la Seo de San Salvador, entonces mezquita, en iglesia cristiana, y que lo mismo hizo en 1236 el Rey castellano Fernando III el Santo con Córdoba y su mezquita.
Y, en este sentido, es bueno traer a colación otros casos que lo han sido al contrario, por ejemplo, que la gran Basílica de Santa Sofía de Estambul fue cristiana hasta 1453, cuando los turcos otomanos conquistaron la entonces Constantinopla, dedicándose cinco siglos al culto musulmán, y siendo en la actualidad y desde 1935 un museo.