Vicente Navarro de Luján | 11 de junio de 2019
La creciente judicialización de la vida pública aumenta la presencia de famosos en los tribunales y evidencia que la ley es más estricta para unos que para otros.
Sin duda alguna, vivimos en una etapa de creciente judicialización de la vida pública, sea por la constante presencia de personajes famosos en juzgados y tribunales o bien por la cantidad de actuaciones judiciales que tienen como protagonistas a políticos, en buena parte mediante el abusivo uso de lo dispuesto en el artículo 101 de nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal (“La acción penal es pública. Todos los ciudadanos españoles podrán ejercitarla con arreglo a las prescripciones de la Ley”), lo cual ha facilitado el uso espurio de este precepto, hasta el punto de haber dado lugar a organizaciones que vivían de su abuso o de chantajes derivados del mismo. El caso de Manos Limpias es un buen referente al respecto.
Junto a ello, la citada ley confiere amplias facultades a los jueces instructores (artículos 502 y siguientes) para decidir acerca de la prisión provisional y su duración, por lo cual nos hallamos ante situaciones muy diferentes respecto de personas objeto de procedimientos penales, desde el caso de Sandro Rosell (casi dos años de prisión preventiva), pasando por las duras decisiones judiciales que afectaron a Eduardo Zaplana, en prisión preventiva desde mayo de 2018 hasta febrero de 2019, por más que estuviera aquejado de una grave enfermedad reiteradamente diagnosticada. Con la misma enfermedad, a algún etarra condenado por crímenes horrendos se le concedió la gracia de irse a su casa mientras cumplía condena ejecutoria.
Si se analizan las actuaciones judiciales en relación con los hechos vividos en Andalucía, se verá que pocos encausados han sufrido prisiones preventivas
Estos episodios contrastan con otros de similares causas penales, como es el caso de los integrantes de la familia Pujol, con el patriarca al frente, respecto de los cuales apenas se han tomado medidas cautelares y, desde luego, no esa extensa prisión preventiva, mientras que al condenado Oriol Pujol se le concedía por parte de la Generalitat de Cataluña el tercer grado, después de apenas 57 días de estancia en prisión tras una condena firme, aunque tan insólita decisión ha sido revisada por la autoridad judicial competente. Si se analizan las actuaciones judiciales en relación con los hechos vividos en Andalucía en los pasados años, se verá que pocos de los encausados han sufrido prisiones preventivas, a pesar de la magnitud de los hechos imputados.
Algo parecido sucede con el tratamiento policial y mediático de unos u otros encausados. En la Comunidad Valenciana, hace tiempo asistimos con sorpresa a la entrada de la fuerza pública, de madrugada, en la casa del delegado del Gobierno, a quien se sacó de la cama, se le vigiló mientras se duchaba y fue conducido al juzgado con una inusitada presencia de medios de comunicación que, dadas las horas de los hechos, seguramente estaban avisados de las actuaciones que se iban a producir. Llegado al juzgado, el detenido fue inmediatamente puesto en libertad, pero el revuelo producido ya no tenía vuelta atrás.
En Valencia vivimos otro episodio parecido con el registro del Palau de les Arts y la detención de su intendente, con inusitado despliegue policial que rodeó todo el edificio, con profusión de medios de comunicación rodeando la sede y todos los empleados de la misma atónitos por la cuantiosa fuerza pública movilizada. De momento, no hay resolución judicial alguna que justificara tal alboroto.
Con la misma enfermedad de Zaplana, a algún etarra condenado por crímenes horrendos se le concedió la gracia de irse a su casa
No recuerdo una detención tan espectacular de ninguno de los presuntos implicados en los hechos andaluces, como también me asombra el tratamiento informativo y procesal del caso Morodo, apenas objeto de información televisiva y lenitivamente tratado por la prensa escrita, aunque las cuantías que se barajan en las presuntas actividades delictivas se acercan a los cuatro millones de euros.
Sin embargo, por presunto blanqueo de mil euros cada uno bastantes concejales del PP del Ayuntamiento de Valencia se pasaron casi cuatro años de juzgado en juzgado y de un informativo a otro, por no hablar del expresidente Francisco Camps quien, a pesar de que la Fiscalía ha pedido el archivo de la causa que se instruye contra él, relativa a ciertos contratos de la Fórmula 1, el juzgado actuante se mantiene en sus trece, con una decisión dictada cuyo contenido parece un ejercicio acusatorio más propio de la actividad fiscal que de la judicial.
Así son las cosas. Dura lex, sed lex, pero para unos más estricta que para otros.